La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cuatro cargos contra Enap Refinerías S.A. por su planta Refinería Aconcagua, en Concón, Región de Valparaíso. Dos son gravísimos y se relacionan con la presunta alteración de los datos que la refinería entregó sobre su sistema de recuperación de azufre y sus emisiones de dióxido de azufre (SO2) entre 2023 y 2025. Los otros dos son leves. La formulación se informó el 26 de octubre de 2026, según la Revista Electricidad, y el expediente sancionatorio es el Rol D-246-2026 del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).
Los cargos se refieren al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de Concón, Quintero y Puchuncaví, fijado por el Decreto Supremo 105 de 2018 del Ministerio del Medio Ambiente, y a la norma de emisión de ruido (DS 38 de 2011). Una formulación de cargos no es una sanción: abre un procedimiento en el que la empresa puede presentar un programa de cumplimiento o defenderse.
Los cuatro cargos de la SMA contra Enap Refinería Aconcagua
Según el detalle publicado por la Revista Electricidad, la División de Sanción y Cumplimiento de la SMA formuló los cargos a partir de los hallazgos de su División de Fiscalización. Los dos gravísimos se califican así, de forma preliminar, por la presunta ocultación, alteración e inexactitud de datos técnicos entregados a la autoridad.
| Cargo | Clasificación | Qué imputa la SMA |
|---|---|---|
| Recuperación de azufre | Gravísimo | No cumplir la eficiencia mínima anual de 98% de las unidades recuperadoras de azufre en 2023, 2024 y 2025, y presuntamente manipular los datos para simular cumplimiento |
| Emisiones de SO2 | Gravísimo | Superar el límite anual de 1.145 toneladas de SO2 al omitir en los reportes la corriente de antorchas (flaring) |
| Monitoreo continuo (CEMS) | Leve | No validar el sistema de monitoreo continuo de material particulado, SO2, NOx y flujo de gases de la unidad de craqueo catalítico, tres años después de reiniciarla con un lavador de gases |
| Ruido | Leve | Superar el límite nocturno de 45 dB(A) con hasta 57 dB(A) en noviembre y diciembre de 2025 |
Fuente: SMA, citada por la Revista Electricidad (26 de octubre de 2026). El PPDA exige a la refinería recuperar al menos el 98% del azufre que procesa, para que no salga a la atmósfera como SO2, un gas que irrita las vías respiratorias y que es uno de los contaminantes más vigilados en la zona de Concón, Quintero y Puchuncaví.
Las cifras de azufre y SO2 recalculadas por la SMA
La SMA recalculó la eficiencia del sistema de recuperación de azufre y concluyó que estuvo bajo el mínimo de 98% los tres años revisados. También recalculó las emisiones anuales de SO2 incorporando la corriente de gases quemados en antorchas, que según el organismo es la segunda fuente de emisión más relevante de la refinería y no figuraba en los reportes oficiales.
| Año | Eficiencia de recuperación de azufre (recalculada) | Exigencia del PPDA | Emisiones de SO2 (recalculadas) | Límite anual |
|---|---|---|---|---|
| 2023 | 94,1% | 98% | 1.277 t | 1.145 t |
| 2024 | 90,5% | 98% | 1.168 t | 1.145 t |
| 2025 | 90,2% | 98% | s. i. | 1.145 t |
Fuente: SMA, citada por la Revista Electricidad. s. i.: la información publicada no incluye un recálculo de SO2 para 2025. Según el organismo, la inexactitud de los reportes le impidió ejercer a tiempo sus facultades.

El cargo de ruido se vincula, según la SMA, a un historial de 16 denuncias ciudadanas por ruido, vibraciones e inestabilidad operacional en el sistema de antorchas. El superintendente Emanuel Ibarra afirmó que el cumplimiento del plan de descontaminación de Concón, Quintero y Puchuncaví «no es opcional» y que, cuando la información recibida no es veraz o está incompleta, la SMA ejercerá todas sus atribuciones.
Qué arriesga Enap Refinería Aconcagua
La Ley Orgánica de la SMA permite, para las infracciones gravísimas, la revocación de la resolución de calificación ambiental, la clausura o multas de hasta 10.000 unidades tributarias anuales (UTA) por cargo. Para las leves, amonestación por escrito o multas de hasta 1.000 UTA cada una. El máximo teórico de los cuatro cargos suma 22.000 UTA, unos US$19 millones, según la estimación de la Revista Electricidad.
| Etapa | Plazo o efecto |
|---|---|
| Programa de cumplimiento | 15 días hábiles (ampliado de oficio) |
| Descargos (defensa) | 22 días hábiles |
| Sanción máxima por cargo gravísimo | Revocación de la RCA, clausura o hasta 10.000 UTA |
| Sanción máxima por cargo leve | Amonestación o hasta 1.000 UTA |
| Derivaciones | Antecedentes al Ministerio Público y a la Contraloría |
La SMA anunció que remitirá los antecedentes al Ministerio Público y a la Contraloría General de la República por eventuales delitos y otras infracciones. Ibarra agregó que el organismo cruza los datos que las empresas cargan en distintos sistemas para detectar reportes falsos. La fiscalización ambiental ha ganado peso en el sector energético: hace unos días también entró en plena vigencia la norma lumínica que fiscaliza la SMA.
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Ver formatos publicitariosLa respuesta de Enap y del Gobierno
En una declaración recogida por la Revista Electricidad, Enap afirmó que analiza la formulación de cargos, que esta no es una sanción ni un pronunciamiento definitivo y que revisará los antecedentes para definir sus pasos dentro de los plazos legales. La estatal destacó que el procedimiento se originó en irregularidades que ella misma detectó y denunció ante la SMA y el Ministerio Público.
Según Enap, sus controles internos se activaron en enero de 2026, cuando la refinería informó las inconsistencias a la matriz y esta al directorio. Ese mes desvinculó a ocho trabajadores; en junio reestructuró su área de cumplimiento ambiental y desvinculó a otras ocho personas, y en agosto, a una más. La empresa sostiene que no hay evidencia de impacto en la población, porque las estaciones de monitoreo cercanas cumplen desde 2019 las normas primarias de calidad del aire para SO2 y MP2,5, y que sus reportes de 2025, entregados el 30 de enero de 2026, ya incluyen las antorchas y cumplen el límite de SO2. Sobre la eficiencia de recuperación de azufre, dice que la revisa con especialistas y que ese indicador no afecta directamente las emisiones totales.

Los ministerios de Energía y Hacienda emitieron una declaración conjunta. Según la Revista Electricidad, ambas carteras conocieron el caso el 29 de abril e instruyeron al directorio de Enap enviar los antecedentes al Ministerio Público y a la SMA. Calificaron de inaceptables las irregularidades y pidieron a la empresa colaborar con las investigaciones, entregar información veraz, reforzar el control de la medición de emisiones e informar sus avances.
El caso llega en un año movido para la estatal, que en paralelo amplía su negocio de exploración y producción fuera de Chile, como con la compra de Pluspetrol Ecuador por US$207 millones. En Concón, el plan de descontaminación busca reducir las emisiones del conjunto de industrias de la zona, entre ellas centrales térmicas y terminales de combustibles en la bahía de Quintero.
Los combustibles fósiles siguen en el centro del sistema energético mientras avanza la transición, y su control es cada vez más fino. Otro ejemplo de las últimas semanas es el seguimiento diario que hace el Coordinador Eléctrico a la central Angamos y su suministro de carbón, en Mejillones.
Preguntas frecuentes
¿De qué acusa la SMA a Enap Refinería Aconcagua?
De no cumplir la eficiencia mínima de 98% en la recuperación de azufre entre 2023 y 2025, de superar el límite anual de 1.145 toneladas de SO2 y de presuntamente alterar los datos reportados. También de no validar un sistema de monitoreo continuo y de exceder la norma de ruido nocturno.
¿Enap ya fue sancionada?
No. La formulación de cargos inicia un procedimiento. Enap puede presentar un programa de cumplimiento en 15 días hábiles o descargos en 22 días hábiles, y la SMA resolverá después.
¿Cuál es la multa máxima?
Hasta 10.000 UTA por cada cargo gravísimo y 1.000 UTA por cada leve, con un máximo teórico de 22.000 UTA, unos US$19 millones. Para los gravísimos, la ley también permite la clausura o la revocación del permiso ambiental.
¿Quién denunció las irregularidades?
Según Enap, la propia empresa detectó las inconsistencias y las denunció ante la SMA y el Ministerio Público. Los ministerios de Energía y Hacienda dicen que conocieron el caso el 29 de abril de 2026.



